Se adopta un acuerdo histórico en la ONU para proteger los océanos
Bakú, 22 de junio, AZERTAC
Las Naciones Unidas adoptaron un acuerdo histórico destinado a garantizar la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina de las zonas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales, que abarcan más de dos tercios del océano, informa AZERTAC según la ONU.
"Habéis inyectado nueva vida y esperanza para dar al océano una oportunidad de luchar", señaló António Guterres, secretario general de las Naciones Unidas. Elogió la adopción del acuerdo como una demostración de la fuerza del multilateralismo. "Al actuar para contrarrestar las amenazas a nuestro planeta que van más allá de las fronteras nacionales, ustedes están demostrando que las amenazas globales merecen una acción global", afirmó, "y que los países pueden unirse, en unidad, por el bien común".
Basándose en el legado de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, este acuerdo pionero refuerza significativamente el marco jurídico para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en más de dos tercios del océano. Proporciona un marco esencial para la cooperación intersectorial entre los Estados y otras partes interesadas con el fin de promover el desarrollo sostenible del océano y sus recursos y hacer frente a las múltiples presiones a las que se enfrenta. La aplicación efectiva y oportuna de este Acuerdo contribuirá de manera crucial a la consecución de los objetivos y metas relacionados con los océanos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y del Marco Mundial para la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal.
El Acuerdo aborda cuatro cuestiones clave
Establece un marco para la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de las actividades relacionadas con los recursos genéticos marinos y la información sobre secuencias digitales de recursos genéticos marinos de zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional, garantizando que dichas actividades beneficien a toda la humanidad.
Permitirá el establecimiento de instrumentos de gestión basados en zonas geográficas específicas, incluidas las zonas marinas protegidas, para conservar y gestionar de forma sostenible hábitats y especies vitales en alta mar y en la zona internacional de los fondos marinos. Tales medidas son fundamentales para archivar el objetivo mundial "30 para 30" de conservar y gestionar eficazmente al menos el 30% de las zonas terrestres y de aguas continentales del mundo, y de las zonas marinas y costeras para 2030, según lo acordado en el Marco Mundial de la Biodiversidad de Kunming-Montreal.
Garantizará que el impacto medioambiental de las actividades en zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional se evalúe y se tenga en cuenta en la toma de decisiones. También proporciona, por primera vez, un marco jurídico internacional para la evaluación de los impactos acumulativos de las actividades y las consecuencias del cambio climático, la acidificación de los océanos y los impactos relacionados, en zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional.
Además, facilitará la cooperación en la creación de capacidades y la transferencia de tecnología marina para ayudar a las Partes, en particular a los Estados Partes en desarrollo, a alcanzar los objetivos del Acuerdo, con el fin de igualar las condiciones para que todos los Estados utilicen y se beneficien de manera responsable de la biodiversidad marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional.
Asimismo, el Acuerdo aborda varias cuestiones transversales, como su relación con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y los instrumentos y marcos jurídicos pertinentes y los órganos mundiales, regionales, subregionales y sectoriales competentes, así como la financiación y la solución de controversias. También establece disposiciones institucionales, incluida una Conferencia de las Partes, un Órgano Científico y Técnico y otros órganos subsidiarios de la Conferencia de las Partes, un Mecanismo de Facilitación y una secretaría.
El Acuerdo estará abierto a la firma en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York durante dos años a partir del 20 de septiembre de 2023, el día después de la Cumbre de los ODS de 2023. Entrará en vigor tras su ratificación por sesenta Estados. El Secretario General deberá convocar la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo a más tardar un año después de su entrada en vigor.
El Secretario General instó a todos los Estados a no escatimar esfuerzos para garantizar que el Acuerdo entre en vigor, y les pidió que actúen sin demora para firmarlo y ratificarlo lo antes posible. "Esto es fundamental para hacer frente a las amenazas a las que se enfrentan los océanos, y para el éxito de los objetivos y metas relacionados con los océanos - incluyendo la Agenda 2030 y el Marco Global de Biodiversidad de Kunming-Montreal", resaltó. También se mostró dispuesto a ayudar a los Estados a conseguirlo.
El camino hacia la ratificación y pronta aplicación requerirá esfuerzos concertados por parte de los Estados, las partes interesadas y el sistema de las Naciones Unidas. La coordinación de estos esfuerzos y la cooperación serán de suma importancia.
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